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Contrato de arrendamiento listo para firmar

Responde unas preguntas y armamos el contrato de vivienda urbana (Ley 820 de 2003) o de local comercial, con canon, reajuste, plazo y causales de terminación.

Hacer mi contrato de arrendamiento

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Así queda tu documento (ejemplo con datos ficticios)

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA
Ley 820 de 2003

Entre los suscritos: Ana Torres, C.C. No. 00.000.000, quien actúa como ARRENDADOR, y Luis Martínez, C.C. No. 00.000.001, quien actúa como ARRENDATARIO, se celebra el presente contrato.

PRIMERA — OBJETO. El ARRENDADOR entrega al ARRENDATARIO, a título de arrendamiento, el inmueble ubicado en la Calle 10 No. 5-20, de la ciudad de Pereira.

SEGUNDA — CANON. El canon mensual de arrendamiento es de $1.200.000 (un millón doscientos mil pesos), que el ARRENDATARIO pagará por anticipado dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes.

TERCERA — REAJUSTE. Cada doce meses el canon se incrementará en un porcentaje que no exceda el IPC del año calendario anterior, conforme al art. 20 de la Ley 820 de 2003.
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Qué debe incluir un contrato de arrendamiento

Un contrato puede ser verbal, pero por escrito es mucho más fácil de probar, y un contrato escrito y claro suele servir para cobrar por la vía ejecutiva los cánones que se adeuden.

Cuánto se puede subir el arriendo

En vivienda urbana, el canon se puede reajustar una vez al año, y el aumento no puede superar el IPC del año calendario inmediatamente anterior (art. 20 de la Ley 820 de 2003). El incremento debe notificarse al arrendatario. Julia calcula el incremento por ti con el IPC certificado por el DANE.

Cómo termina un contrato de vivienda

La Ley 820 de 2003 (art. 22) fija las causales por las que el arrendador puede terminarlo. Entre las más comunes:

Para cada una, Julia te indica los pasos y prepara el aviso o requerimiento.

Más documentos para el mismo contrato

Además del contrato, Julia prepara requerimiento de pago por mora, aviso de terminación, demanda de restitución de inmueble, incremento del canon, devolución de garantías en local comercial, acta de entrega, otrosí o cesión del contrato, y paz y salvo o terminación de mutuo acuerdo.

Sirve tanto para vivienda urbana (Ley 820) como para local comercial (Código de Comercio).

Qué hace Julia y qué no

Sí hace: te guía con preguntas sencillas, arma el contrato con tus datos y las cláusulas que importan, calcula el incremento del canon y te señala los pasos si hay mora o quieres terminar el contrato.

No hace: Julia no es un abogado ni reemplaza su asesoría. Si hay un conflicto de fondo, un desalojo o mucho dinero en juego, conviene que un abogado revise el contrato o te acompañe.

Preguntas frecuentes

¿El contrato de arrendamiento tiene que ir a notaría?

No es necesario para que valga. Puedes firmarlo entre las partes. Algunas personas prefieren autenticar las firmas como prueba adicional.

¿Un contrato de arrendamiento verbal vale?

Puede existir un contrato verbal, pero es difícil de probar. Por escrito protege a ambas partes y facilita cobrar los cánones si hay mora.

¿Cuánto puedo subir el arriendo?

En vivienda urbana, una vez al año y sin superar el IPC del año calendario anterior.

¿Qué hago si el arrendatario no paga?

La ley no exige un requerimiento previo, pero conviene dejar constancia escrita del cobro antes de demandar. Julia prepara el requerimiento y, si sigue sin pagar, la demanda de restitución.

¿Cuánto cuesta hacerlo con Julia?

Hoy es gratis mientras dure la etapa beta. Si eso cambia, lo verás indicado antes de descargar.

¿Listo para preparar tu contrato de arrendamiento?

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¿Prefieres que un abogado lo revise antes de firmarlo? Habla con un abogado

Julia.legal ofrece orientación automatizada y preparación de documentos. No reemplaza la asesoría de un abogado y no garantiza resultados. Información actualizada el 2026-10-21; la normativa puede cambiar.